CORTE ACEPTA OTRO AMPARO DE ELEKTRA PERO YA NO ES DEFINITIVO

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Ciudad de México, (9 octubre 2025).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió un recurso de revisión de Grupo Elektra, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, de un amparo que interpuso la compañía contra un crédito fiscal de dos mil millones de pesos (mdp), relacionado con la falta de pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal de 2010, apenas 14 días después de haber admitido un recurso en otro caso de la megadeuda del magnate.

“Primero: se admite el presente recurso de revisión”, indicó la SCJN en sus listas de notificaciones. El amparo en revisión fue turnado entonces a la Ministra María Estela Ríos González. El acuerdo data del 5 de septiembre, pero la notificación se realizó apenas el miércoles.

Es por ello que a partir de ayer empezó a correr el plazo de seis meses como máximo para solventar el caso, si es que no se desecha antes, ya que la Constitución establece que la Corte deberá “resolver en un máximo de seis meses, contados a partir del conocimiento del asunto por parte de la autoridad competente”. Es decir, el asunto tendrá que solucionarse a más tardar el 9 de abril de 2026.

La compañía de Salinas Pliego llegó a la SCJN luego de que en junio de este mismo año el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Ciudad de México) determinara no amparar ni proteger a la parte quejosa, es decir, a Grupo Elektra.

La defensa de Salinas Pliego y de Elektra intentó por todos los medios conseguir el amparo, incluso intentando que los integrantes del Tribunal Colegiado se recusaran del caso, pero cada uno de sus argumentos fueron rechazados. Ahora, ha recurrido a la última instancia, un modus operandi del empresario para retrasar lo más posible sus millonarios adeudos de impuestos.

Salinas Pliego, conocido por llevar hasta la fatiga este tipo de recursos dentro del Poder Judicial para evitar el pago de impuestos, tiene una deuda de alrededor de 74 mil millones de pesos con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de acuerdo con Grisel Galeano García, Procuradora Fiscal de la Federación.

En el amparo en revisión que revisará la SCJN están incluidos terceros interesados, como el Administrador de lo Contencioso de Grandes Contribuyentes al Servicio de Administración Tributaria (SAT); el Jefe del mismo SAT, Antonio Martínez Dagnino; y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

La revisión de la Corte tiene que ver con la constitucionalidad de varios apartados de los artículos 24, 25 31, 32 y 68 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, pero el tema podría ni siquiera discutirse en el pleno, ya que, en caso de no ser relevante, podría desechar el caso.

Estos apartados están relacionados con la enajenación de acciones a costo fiscal en los casos de reestructuración de sociedades residentes, con las deducciones que pueden efectuar los contribuyentes, las inversiones que se pueden deducir y el porcentaje máximo autorizado por la Ley, los porcentajes máximos autorizados tratándose de gastos y cargos diferidos, así como los impuestos diferidos.

En junio, el Tribunal Colegiado que ahora impugna Grupo Elektra ante la SCJN, resolvió que la empresa de Salinas Pliego debe pagar aproximadamente dos mil millones de pesos producto de un adeudo fiscal por el impago del ISR del ejercicio de 2010.

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó por unanimidad que la empresa debe pagar el crédito fiscal, a pesar de que de último momento Grupo Elektra presentó escritos aludiendo una presunta imparcialidad de los juzgadores para dilatar la sentencia.


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