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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por mayoría de votos que la solicitud de consulta para determinar si se enjuicia a expresidentes es constitucional.
Tras esta votación, en la que hubo 6 votos a favor y 5 en contra, los ministros de la Corte procederán a revisar la redacción de la pregunta incluida en la consulta propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
En contra del proyecto presentado por el ministro Luis María Aguilar que establecía que la solicitud del presidente era inconstitucional votaron el ministro presidente Arturo Zaldívar y los ministros Alfredo Gutiérrez, José Luis González, Margarita Ríos Farjat, Yasmín Esquivel y Alberto Pérez Dayán.
A favor del proyecto votaron los ministros Jorge Mario Pardo, Javier Laynez, Fernando Franco González y Norma Piña.
En la sesión virtual, Zaldivar fue el primero en posicionarse respecto a la propuesta y votar en contra de esta, debido a que consideró que la Suprema Corte no puede coartar el derecho de coartar el derecho de la participación ciudadana, además de considerar que la consulta no tendría efectos vinculantes.
“Esta decisión no es fácil y posiciones como la mía no son muy populares, los jueces constitucionales no somos nombrados para ganar popularidad los poderes Ejecutivos y Legislativos si, ademas de su experiencia están para actuar conforme al deseo de las mayorías, pero el poder judicial nunca debe actuar conforme a lo que dicen las mayorías”, aseguró.
El pasado 24 de septiembre, Luis María Aguilar, ministro de la SCJN, presentó una propuesta para declarar inconstitucional la solicitud del presidente para someter a consulta si se somete o no a juicio a los ex presidentes por posibles delitos cometidos.
Al presentar el proyecto, Aguilar señaló que la propuesta para elaborar la consulta pues condiciona la validez y vigencia de derechos humanos a lo que considera la ciudadania.
“Quiero enfatizar que en este caso la tarea de la SCJN no tiene nada que ver con decidir si debe investigarse o no a los ex presidentes de México por los delitos que supuestamente cometieron antes, durante y después de su gestión a la SC no le corresponde decidir si existen pruebas o si debe abrirse una investigación sino sólo analizar la constitucionalidad los fundamentos de una pregunta que se sometiera a una consulta popular”, afirmó el ministro.
En el proyecto se argumenta que la solicitud debe catalogarse como inconstitucional porque “la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos”.
Además agrega que a la ciudadanía no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la función pública, la participación ciudadana compete obligadamente denunciar los hechos delictivos de los que tengan noticia y coadyuvar con las instituciones del Estado.
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