Alistan permiso a bancos para que no cobren pago mínimo por contingencia

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Los bancos y las instituciones que emiten tarjetas de crédito no estarán obligados a realizar el cobro de pagos mínimos entre abril y julio de este año de los más de 26 millones de plásticos vigentes en circulación, ante las circunstancias derivadas por la pandemia de COVID-19.

La circular 13/2020 del Banco de México (Banxico), que aún tiene que ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que pueda ser aplicada, explica que las instituciones bancarias podrán no cobrar el pago mínimo de sus clientes, sin que cobren intereses moratorios por ello.

La circular contempla a las instituciones de banca múltiple, a las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito, a las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, a las sociedades financieras populares, y las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, entre otras.

El banco central explica en la circular que ante las circunstancias derivadas de la pandemia de COVID-19, ha resuelto que, como excepción a lo establecido por las Disposiciones sobre Tarjetas, que los obliga a cobrar como mínimo al menos el 1.5 por ciento del saldo del capital de las tarjetas, más los intereses del periodo que tiene como finalidad que se amortice una parte de la deuda, y no se hagan eternas las deudas, ahora no estarán obligados en ese periodo de cuatro meses a cobrarlos ni hacer el cálculo.


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