Cárcel y multas para quien desate violencia en estadios

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La Cámara de Diputados aprobó con 317 votos a favor, 34 en contra y 17 abstenciones el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte, a fin de implementar sanciones a quienes ejerzan la violencia en eventos deportivos, y medidas para prevenirla.

El dictamen establece que considerando la gravedad de la conducta o reincidencia se impondrá a los aficionados, asistentes o espectadores en general, expulsión inmediata de las instalaciones deportivas; amonestación privada o pública; multa de 10 a 90 veces el salario mínimo; reparación integral del daño causado y suspensión de uno a cinco años del acceso a espectáculo deportivos.

También se estipula que al espectador o cualquier otra persona que sin ser juez, jugador o parte del cuerpo técnico de los equipos contendientes, lance objetos contundentes que pongan en riesgo la salud o integridad de las personas, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cinco a treinta días multas.

Asimismo, a quien ingrese sin autorización a los terrenos de juego y agreda a las personas o cause daños materiales será sancionado con seis meses a tres años de prisión y de diez a cuarenta días multa. Además, se sancionará con seis meses a cuatro años de prisión y de diez a sesenta días multa, a quien participe activamente en riñas.

A quien incite o genere violencia, cause daños materiales del recinto deportivo o introduzca armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida, será sancionado con un año seis meses, a cuatro años seis meses de prisión y de veinte a noventa días multa, añade el documento.

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Precisa que a quien resulte responsable de dichos delitos, se le suspenderá el derecho a asistir a espectáculos deportivos, por un plazo equivalente a la pena de prisión que le resulte impuesta.

Se instituirá el Padrón de Personas Sancionadas con suspensión del derecho de asistir a eventos deportivos, en el cual quedarán inscritas las personas a quienes se les imponga como sanción la prohibición o suspensión de asistencia a eventos y espectáculos deportivos.

El dictamen, turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, señala que en México se presentan con mayor frecuencia acontecimientos lamentables en los que la rivalidad entre porras o grupos de aficionados de diversos equipos han provocado batallas campales en las tribunas de los estadios que generan enfrentamientos con las autoridades, robos, daños y secuestros de autobuses, afectando la integridad física y patrimonial de los ciudadanos.

 


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