IEEG RECHAZA REGISTRO COMO PARTIDO A GNIO POR NO CUMPLIR CON REQUISITOS Y ENTREGA DE DESPENSAS

Guanajuato, Gto. (13 agosto 2026).- Por no tener el número mínimo de simpatizantes el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato rechazó el registro de la organización ciudadana denominada Guía Nacional Indígena Originaria de Guanajuato A.C.

Dicha organización presentó su solicitud de registro en el plazo correspondiente y cumplió con los requisitos formales establecidos, no acreditó de manera integral los requisitos establecidos en la normativa electoral.

La asociación celebró nueve asambleas municipales en municipios que cuentan con pueblos y comunidades originarias, realizadas dentro del plazo establecido y con la participación de al menos el 0.26% de la ciudadanía inscrita en el padrón electoral correspondiente que manifestó su intención de afiliarse al partido.

Sin embargo, en las asambleas de Santa Catarina y San Luis de la Paz no se acreditó el requisito de conocimiento, difusión y aprobación de los documentos básicos de la organización.

En Santa Catarina no quedó acreditado que dichos documentos hubieran sido dados a conocer a las personas que asistieron y, en San Luis de la Paz, no se acreditó que hubieran sido aprobados por la asamblea.

“Cabe mencionar que este requisito no constituye una formalidad menor, ya que los documentos básicos son los instrumentos que definen la identidad ideológica y los objetivos, organización y funcionamiento del partido, así como los derechos y obligaciones que regirán a quienes pretendan integrar este partido”, dijo Brenda Elizarrarás.

Luego, con respecto a la asamblea estatal constitutiva celebrada el 7 de junio de 2026, se determinó que no se acreditó la asistencia completa de las fórmulas de personas delegadas correspondientes a por lo menos la mitad más uno de los municipios requeridos.

“Únicamente se tuvo por acreditada la representación de cuatro municipios, cuando el mínimo necesario era de cinco”, dijo Canchola.

Además, no se realizó la integración del órgano directivo estatal conforme a los estatutos de la organización, ya que se omitió designar a la persona titular de la Secretaría de Organización.

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En lo referente al número de personas afiliadas, conforme a la verificación definitiva, aunque 4 mil 139 afiliaciones válidas fueron corroboradas, cifra superior al mínimo requerido, se determinó que los documentos de declaración de principios, el programa de acción y los estatutos presentados por la organización ciudadana no satisfacen los requisitos mínimos establecidos en la Ley General de Partidos Políticos.

“Se omiten diversos contenidos cuya incorporación constituye una exigencia legal para las organizaciones ciudadanas”, se señaló durante la sesión.

Por otro lado, se dio vista a la Unidad Técnica Jurídica de lo Contencioso Electoral del instituto por una denuncia ocurrida durante una asamblea llevada a cabo en el municipio de Valle de Santiago, donde algunos asistentes denunciaron la entrega de despensas por parte de la organización GNIO.