Protegen leyes a Peña Nieto

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Aún con la llegada de el Sistema Nacional Anticorrupción, resultará imposible acusar al presidente mexicano por casos como el de la «Casa Blanca», debido a que las leyes mexicanas le siguen otorgando fuero constitucional.

Cabe mencionar que el presidente Enrique Peña Nieto promulgó el lunes, en Palacio Nacional, las leyes que hacen operante el Sistema Nacional Anticorrupción. Se trata de todo un esquema de colaboración y trabajo para evitar actos de corrupción en la administración pública, tanto para burócratas como para contratistas de todos los niveles de gobierno.

Uno de los casos que impulsaron la creación de este sistema fue el de la «Casa Blanca», una mansión de 7 millones de dólares en poder de la familia presidencial y construida a su gusto por el contratista del gobierno, Grupo Higa, que preside Juan Armando Hinojosa Cantú.

Durante el acto de firma de estas leyes, el propio presidente pidió perdón por el escándalo de la “casa blanca”. Sin embargo, el Sistema Nacional Anticorrupción deja intacta a la figura presidencial y lo protege de delitos que tienen que ver con corrupción.

“No obstante que me conduje conforme a la ley, este error afectó a mi familia, lastimó la investidura presidencial y dañó la confianza en el gobierno. En carne propia sentí la indignación de los mexicanos. La entiendo perfectamente. Por eso con toda humildad les pido perdón. Les reitero mi sincera y profunda disculpa por el agravio e indignación que les causé”, dijo en el acto oficial.

La protección legal vigente al presidente mexicano contrasta con las disposiciones de otros países de la región, como Guatemala o Estados Unidos,incluso cuando la constitución norteamericana fue la base para redactar la Carta Magna de nuestro país.

El artículo 108 de la Constitución Mexicana dice textual que los únicos delitos por los que el presidente puede ser acusado son aquellos considerados como “graves”, lo cual excluye todos los que tienen que ver con corrupción:

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“El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común”, se puede leer en el segundo párrafo del artículo 108.

En tanto, la Constitución de Estados Unidos de Norteamérica sí contempla el “soborno” (bribery) como una causal de juicio político:

“El presidente, vicepresidente y todos los funcionarios de los Estados Unidos, deberán ser removidos de su cargo mediante juicio político por, y condenados por, traición, soborno y otros crímenes y delitos graves”, dice el Artículo II sección 4 de la constitución de ese país.

A diferencia de México, otros presidentes de América Latina sí han sido acusados por actos de corrupción e incluso algunos fueron separados de sus cargos.

Los casos más recientes son el de Guatemala, Otto Pérez Molina, quien está en prisión preventiva por los delitos de defraudación aduanera y cohecho pasivo, relacionados al llamado caso “La Línea”.

Dilma Rousseff, de Brasil, fue separada del cargo mientras el Congreso investiga si maquilló cifras del déficit público; o la ex presidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, quien tuvo que enfrentar varios procesos en su contra mientras estaba en su cargo, entre ellos el caso de los hoteles relacionados con ella y su familia.

A inicios de 2015, cuando comenzó a discutirse el Sistema Nacional Anticorrupción, en el Congreso mexicano sí se lanzó la posibilidad de modificar ese artículo constitucional, peroel PRI y el Partido Verde -partidos que impulsaron a Peña Nieto a la Presidencia- se impusieron e impidieron cualquier cambio.

Con información de Aristegui Noticias


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