El Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal concedió a la defensa de Joquín Guzmán Loera la “suspensión de plano” respecto de la orden de extradición que pesa en su contra y que fue obtenida por la Procuraduría General de la República el jueves 30 de julio.
De acuerdo con el expediente 712/2015, disponible en el sitio web del Consejo de la Judicatura Federal, el 29 de julio “se concede la suspensión de plano respecto del acto reclamado consistente en la orden de extradición”.
En esa misma fecha la defensa de El Chapo había presentado un amparo reclamando la suspensión de “actos privativos de libertad” consistentes en cualquier orden de detención o aprehensión con fines de extradición, argumentando que se violaban los artículos 1,14,15,16,17,18,19,20,21,22 y 23 de la Constitución.
En su determinación, el juzgado desechó parcialmente la demanda de garantías pero concedió la suspensión “de plano”, es decir, que se comunica sin demora a la autoridad para su inmediato cumplimiento pero que puede modificarse o revocarse, de acuerdo con un artículo publicado en el sitio web del Consejo de la Judicatura Federal, llamado «La suspensión en amparo indirecto en materia penal».