PIERDE REGISTRO PARTIDO FUERZA DE MÉXICO

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Guanajuato, GTO. (23 DICIEMBRE 2021).- Considera el órgano que no obtuvo al menos el tres por ciento de la votación válida emitida, lo que tornó inatendible su solicitud de registro también en lo local

En sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) resolvió como inatendible la solicitud de registro como partido político local del otrora partido político nacional Fuerza por México.

El 1 de octubre de 2021, se recibió a través del Sistema de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales el dictamen INE/CG1569/2021, mediante el cual el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), declaró la pérdida de registro como partido político nacional de Fuerza por México.

El 14 de octubre de 2021, se recibió en la oficialía de partes del Instituto, el oficio FXM/001/21, mediante el cual Eduardo Ramírez Pérez, presidente del Comité Directivo Estatal en Guanajuato del otro partido político nacional Fuerza por México, solicitó el registro como partido político local, bajo la denominación Fuerza por México Guanajuato.

El IEEG argumentó que artículo 73 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (LIPEEG), indica que los partidos políticos nacionales que hayan perdido su registro por no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en los términos de la Ley General de Partidos Políticos, podrán optar por el registro como partido político estatal, cuando hubieren obtenido al menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección inmediata anterior de diputaciones de mayoría relativa y hubiere postulado candidatas y candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos.

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De acuerdo con datos del organismo, los porcentajes de votación válida emitida que obtuvo el otrora partido político nacional Fuerza por México en el Proceso Electoral Local (PEL) Ordinario 2020-2021, fueron:

En votaciones por mayoría relativa y de representación obtuvo el 1.3 por ciento de los votos, respectivamente, y en ayuntamientos sólo el 1.23 por ciento.

 Concluye el dictamen que en ninguna de las elecciones celebradas en el PEL ordinario 2020-2021, el otrora partido político nacional Fuerza por México obtuvo al menos el tres por ciento de la votación válida emitida, lo que tornó inatendible la solicitud de registro como partido político local.

Por lo anterior, el IEEG considera innecesario realizar requerimiento alguno tendiente a subsanar cualquier requisito.

Sanciones a partidos

También como parte de la sesión, el IEEG dio cumplimiento al similar INE/CG1734/2021 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que se da cumplimiento a la sentencia de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, recaída al recurso de apelación identificado con el número de expediente SM-RAP-03/2021.

 Lo anterior establece la ejecución de las sanciones impuestas por el INE al Partido Revolucionario Institucional (PRI) derivadas de dos conclusiones de la revisión anual de ingresos y gastos correspondientes al ejercicio 2019, la multa de la sanción asciende a 82 mil 631.15 pesos.

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